Nuevo baremo para los lesionados en accidentes de tráfico

Una de las reformas legislativas más importantes que se ha producido en los últimos meses, se refiere al campo del seguro y de las indemnizaciones para los que sufren accidentes de tráfico.

No solo se ha modificado el Código Penal dejando despenalizados los típicos accidentes de tráfico en los que no existía una imprudencia relevante, dejando de existir las Faltas por hechos de la circulación, sino que se ha modificado el Real Decreto Legislativo 8/2004, en virtud de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Como decimos, es una reforma muy relevante, dado que no solo se modifica la forma de calcular y las cuantías de las indemnización a las que tienen derecho las víctimas, sino que se ha cambiado de forma muy sustancial el cauce legal para su reclamación.

A partir de enero de 2016, la gran mayoría de los accidentes que se produzcan, ya no se tramitarán ante los Juzgados de Instrucción, tras presentar una denuncia y solicitar la celebración de un Juicio de Faltas, no será citado el perjudicado ante el médico forense, sino que tendrá que realizar una serie de actuaciones ante las entidades de seguro, en aras a obtener una oferta indemnizatoria, y si la misma no se produce o no existe acuerdo entre las partes, se tendrá que acudir a la vía jurisdiccional civil o en su caso a la mediación, otra opción que se abre ante esta nueva situación, pero que entendemos no va a ser especialmente relevante, dado que si no se ha conseguido llegar a un acuerdo con la entidad aseguradora, difícilmente se va a consolidar dicho acuerdo a través de la mediación.

Ello supondrá, a nuestro criterio, un necesario asesoramiento de la víctima, una vez se produce el accidente.

En este nuevo marco de actuación en el que nos encontramos, las periciales adquieren una relevancia muy importante, y en consecuencia, los informes médicos que se facilitan a los perjudicados.

Es por ello, que desde el primer momento, un buen y pronto asesoramiento en la forma de actuar, puede suponer una gran diferencia en las consecuencias indemnizatorias para la víctima.

En Alcon Abogados tratamos de estar al día ante los cambios normativos y jurisprudenciales que se producen, y por ello, en aras a consolidar los nuevos conocimientos que dichos cambios exigen, y en consecuencia, poder asesorar a nuestros clientes de la forma más técnica y efectiva posible, hemos participado en el Curso realizado por el Ilustre Colegio de Abogados sobre el Nuevo Baremo, impartido por importantes figuras del derecho, tanto de la Magistratura, como de las Compañías de Seguros, con las que más que nunca se va a tener que lidiar. Destacamos a nuestro compañero D. Mariano Medina, Presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, en cuya Asociación participa desde su fundación, Lourdes Pulido Alcon, titular de Alcon Abogados.

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