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La cláusula suelo

   Nadie es ajeno hoy en día a una cláusula financiera que en su momento nos pasó a todos inadvertida cuando firmamos la hipoteca de nuestra vivienda, y que ahora todos conocemos, aunque sea por los medios de comunicación y por lo mucho que se está hablando de la misma, la “CLÁUSULA SUELO”.

Alcon Abogados, ha participado recientemente en la Jornada sobre “Las cláusulas suelo y otros abusos en la contratación bancaria en España”, organizada por ADICAE, como consecuencia de encontrarnos en estos momentos en su situación tremendamente interesante en relación a esta temática.

El afán de las entidades bancarias en garantizar sus ganancias, les llevó de forma masiva, a establecer en las escrituras de préstamo hipotecario, una cláusula que establecía un tope en el tipo de interés a aplicar, de tal forma que aún cuando los intereses bajaran, ese tope impedía que la cuota de nuestra hipoteca pudiera bajar más allá del mismo.

La denominada cláusula suelo/techo o cláusula suelo, a veces tenía también un techo para el supuesto de que los intereses subieran, por la que los Bancos establecían limitaciones tanto a la bajada como a la subida de los tipos de interés, si bien, la circunstancia de que subieran los tipo de interés hasta tal techo era realmente difícil que se produjera, dadas las circunstancias del sector.

La realidad es que prácticamente ningún cliente de los bancos, ninguno de los que hemos firmado una hipoteca, hemos tenido capacidad de negociación, no hemos podido decirle a nuestro Banco o Caja que tal o cual cláusula no nos parecía adecuada, además de que en la mayoría de las ocasiones, los prestatarios, no tenían ni oportunidad, ni conocimientos para analizar lo que estaban firmando y saber con exactitud las consecuencias de ello, sobre todo porque las entidades bancarias no realizaban una simulación, con cifras, para que se supiera cuales podrían ser los escenarios futuros si subían o bajan los tipos de interés.

La cláusula suelo y otras muchas cláusulas más, típicas de las escrituras hipotecarias, han sido examinadas por los Tribunales Españoles, pero sobre todo por el Tribunal de Justicia de la UE, que en esta cuestión ha sido fundamental en la defensa de los derechos de los consumidores, que nos ha dejado mucho más patente la existencia de un Derecho de los Consumidores y Usuarios que está ahí y que se tiene que aplicar. Ha sido gracias al TJUE, lo que ha permitido en gran medida el que ahora se pueda reclamar a los bancos la declaración de ciertas cláusulas como abusivas, NULAS y su no aplicación por parte de la entidad bancaria.

En el caso de la CLAUSULA SUELO, desde que se dictó la sentencia de 9 de mayo de 2013 por el Tribunal Supremo, muchos bancos dejaron de aplicar la cláusula suelo y eso generó la reducción de la cuota que mes a mes tenía que pagar, pero sin embargo NO DEVOLVIERON NI UN SOLO EURO por el importe que se había pagado en exceso desde esta fecha hasta la fecha de suscripción de la hipoteca.

La cláusula suelo ha impedido que los usuarios se hayan beneficiado de la caída histórica del Euribor, principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas.

TJUE y el Tribunal Supremo han declarado la condición de cláusula abusiva de la cláusula suelo, pero ahora se está examinando en el TJUE si se deberá devolver el dinero indebidamente pagado desde la suscripción del préstamo hipotecario, duda de la que saldremos en breve, tras que se celebre la visto oral señalada al respecto, en la que serán escuchadas las partes implicadas y se dicte la oportuna resolución.

Es evidente que tanto los consumidores, que firmaron hipotecas y que han estado pagando más de lo debido, como la banca, están a la espera de la resolución de este proceso, teniendo en cuenta que se estima que las entidades financieras han ganado unos 4.474 millones de euros por la aplicación de la cláusula suelo en sus hipotecas, desde noviembre de 2009 hasta el 9 de mayo de 2013, en que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo que declaró abusiva la cláusula suelo, sentencia que no reconoció el derecho a percibir la cuantía en exceso abonada desde la fecha de suscripción de la hipoteca.

Un reconocimiento de Bruselas respecto a la obligación de los bancos de devolver los importes cobrados desde el origen de cada uno de los préstamos, puede suponer a la banca española el tener que devolver muchos millones de euros.

Según los cálculos de Analistas Financieros Internaciones (AFI) las entidades financieras han ingresado 9.800 millones de euros desde 2009 gracias a limitar en las hipotecas la caída el Euribor.

Ante esta situación, el Tribunal Supremo ha decidido suspender la tramitación de un recurso sobre cláusulas suelo a la espera de que el TJUE se pronuncie, resolución que todos ESPERAMOS ANSIOSAMENTE.

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